El juez federal confirmó el rechazo de la Lista Celeste y Blanca del PJ 

ALLANA EL CAMINO A "GENERACIÓN VALIENTE"

"Las 12 horas no fueron una nueva oportunidad electoral", analizó el Juez Esteban Hansen en un nuevo fallo judicial, que deja fuera de toda chance electoral a la Lista 2 "Celeste y Blanca" en las elecciones del Partido Justicialista. Con esta resolución prácticamente consagra a la lista "Generación Valiente" como nueva autoridad partidaria.

De esta manera, el juez Federal con competencia electoral deja expresamente establecido que el plazo concedido a la Lista 2 no habilitaba a presentar una nómina nueva o sustancialmente diferente. Este es probablemente el punto político y jurídico más importante del fallo. "No puede confundirse la posibilidad de subsanar una presentación con la habilitación para efectuar una nueva conformación de la nómina", recalca, es decir que podían corregir, pero no rehacer la lista.

El magistrado señala que la decisión anterior buscó preservar el derecho de participación electoral, especialmente porque existía una duda razonable sobre el rechazo de la lista y porque a la otra lista también se le había otorgado un plazo para corregir observaciones. Pero aclara que ese criterio no podía convertirse en una nueva etapa de presentación de candidaturas. "La subsanación presupone necesariamente la existencia de una presentación anterior sobre la cual recae la posibilidad de corregir aquellos defectos u omisiones".

La pasada semana, la Cámara Nacional Electoral había ordenado al Juez Hansen dictar una nueva resolución y fundamente la medida adoptada de dejar afuera a la Lista que conduce Rubén Rivarola, de toda participación en el acto electoral que debía llevarse a cabo el pasado 30 de agosto.

Con la convocatoria a elecciones suspendida por esa decisión judicial, en la jornada de ayer se conoció el nuevo dictamen del Juez Electoral Federal, donde distingue entre "corregir" y "cambiar". El fallo establece una diferencia fundamental: subsanar es corregir un DNI, completar una documentación, corregir un dato, solucionar una omisión. Modificar sustancialmente una lista es reemplazar candidatos, cambiar la integración de la lista o incorporar postulantes que no formaban parte de la presentación original.

Para Hansen, la segunda posibilidad excedía lo que había autorizado judicialmente. Esta es la conclusión determinante. El detalle que utiliza Hansen para llegar a su conclusión es muy significativo. El expediente registra numerosas modificaciones, reemplazos, vacantes, inconsistencias y problemas documentales en las distintas categorías.

Así el juez confirma su resolución anterior del 21 de agosto de 2026, considera que las modificaciones realizadas por la Lista 2 excedieron el concepto de subsanación, y entiende que se produjo una nueva conformación de la lista.

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